Comunicado de Prensa IEBEM

Comunicado 0140
Cuernavaca, Morelos; 25 de agosto de 2025
DGCS del Gobierno del Estado de Morelos


Con respecto a las expresiones realizadas por una participante del proceso de admisión en educación especial para el ciclo escolar 2025-2026, en relación con la asignación de plazas docentes, el Instituto de la Educación Básica del Estado de Morelos (IEBEM) informa lo siguiente:

En primer término, es importante precisar que dicho proceso se rige por la normativa federal establecida por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la Unidad del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros (USICAMM).

Los elementos multifactoriales que integran la evaluación: formación docente pedagógica, promedio general de carrera, cursos extracurriculares, experiencia docente y apreciación de conocimientos y aptitudes, se aplican de manera uniforme en todo el país, conforme a lo establecido en el Acuerdo que contiene las disposiciones, criterios e indicadores para la realización del proceso de admisión en educación básica.

En este marco, durante la revisión de los expedientes derivada de impugnaciones presentadas por otros aspirantes, se identificaron inconsistencias documentales en la acreditación de la experiencia docente. Sobre este punto, el propio Acuerdo establece en su numeral IV, inciso b):

“El ejercicio de la docencia frente a grupo en una escuela pública o particular en educación básica será válido únicamente cuando se realice con posterioridad a la fecha de titulación”.

Por lo anterior, al no contar con título profesional expedido, dicha experiencia no puede ser considerada para la asignación de puntaje, lo cual modifica el resultado en la lista ordenada de prelación.

De igual forma, la Convocatoria al Proceso de Admisión 2025-2026, en su apartado DÉCIMA SEGUNDA. CONSIDERACIONES GENERALES, inciso II.c, establece que quedará sin efectos la participación de la persona aspirante:

“Cuando la información asentada en el registro para acreditar los requisitos o los elementos multifactoriales establecidos en el Acuerdo no cuente con la documentación probatoria necesaria.”

Cabe subrayar que estas disposiciones son de carácter nacional y no una determinación del ámbito estatal. En consecuencia, la autoridad educativa en Morelos no tiene facultad para modificar resultados, sino únicamente la obligación de dar cumplimiento estricto a la normatividad federal.

Finalmente, el IEBEM reafirma su compromiso con la transparencia, la legalidad y la rendición de cuentas en todos los procesos de admisión, reiterando que su prioridad es garantizar el derecho de niñas, niños y adolescentes a contar con docentes que cumplan con el perfil profesional requerido por la SEP y la USICAMM.

Comunicado 0140
Cuernavaca, Morelos; 25 de agosto de 2025
DGCS del Gobierno del Estado de Morelos

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